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Bases legales del sorteo
“Porra IBEX 35 2019”
1.- Objeto del concurso.
El presente concurso está organizado por Bankinter S.A. (en adelante, el BANCO) y tiene por objeto:
El desarrollo de un concurso/sorteo en Facebook y Twitter a través del cual el participante deberá predecir cómo cerrará el año 2019 el selectivo índice bursátil de la bolsa española, el IBEX 35.
El premio será un viaje a la ciudad de Nueva York. El importe bruto del premio es de 2.500 €, es decir IVA incluido (DOS MIL QUINIENTOS EUROS). Adicionalmente al premio y de manera independiente, Bankinter se hará cargo del pago del impuesto a Hacienda correspondiente al premio, es decir, el ganador no tendrá que soportar tributación alguna.
El ganador recibirá un cheque nominativo por valor de dos mil quinientos euros que será entregado personalmente en las oficinas de Bankinter (BANCO) una vez se haya comprobado por parte del BANCO la identidad real del participante y no se detecten datos fraudulentos. Para poder recibir el premio, el ganador del concurso deberá aportar justificantes de la reserva/realización de dicho viaje a la ciudad de Nueva York. Si el acertante lo prefiere, Bankinter le puede organizar el viaje, gestionando los billetes y reserva de hotel. El viaje podrá hacerse en todo el periodo de 2020, a elección del ganador. Bankinter no se hace responsable de los imprevistos, retrasos o cualquier circunstancia que acontezca durante el viaje.
El presente concurso se rige por las bases establecidas en el presente documento. Su aceptación por parte de los participantes es condición previa para participar en el concurso.
Con la aceptación de estas bases los participantes comprenden los términos y condiciones de las mismas y se comprometen a cumplir con la normativa vigente que pueda resultar de aplicación a este respecto, de modo que por el simple hecho de tomar parte están prestando su consentimiento a someterse a las bases y a la legalidad de forma total e irrevocable.
Mediante la aceptación de las presentes bases los participantes desvinculan a Facebook y a Twitter de cualquier reclamación que se pudiera plantear durante el desarrollo del concurso aceptando que son plataformas totalmente independientes al mismo.
2. -Mecánica del concurso.
Esta aplicación solicitará al usuario cumplimentar un formulario necesario para la participación en esta acción.
Una vez aceptadas las condiciones y bases legales, la aplicación mostrará una pregunta de texto libre en la que el usuario deberá predecir cómo cerrará el año 2019 el índice bursátil español: IBEX35; es decir, el usuario deberá introducir su estimación de cierre con un valor numérico con un decimal.
Podrán participar todas aquellas personas físicas que reúnan los requisitos establecidos en la cláusula 3 de estas Bases legales.
Para participar, cada usuario deberá aceptar la aplicación de Facebook o Twitter a través de la que se gestiona la campaña “Porra Bankinter: Ibex 35”
En caso de empate o la existencia de dos o más votos que hayan acertado o se hayan acercado por igual al dato de cierre, se procederá a realizar un sorteo. Por lo tanto, una vez encontrado el ganador y realizadas las comprobaciones pertinentes, EL BANCO se pondrá en contacto con él a través de los datos personales aportados por el usuario para gestionar la entrega del premio
La aplicación facilita al usuario a, una vez contestada la pregunta, compartir la aplicación " Porra Bankinter: Ibex 35” con sus amigos compartiendo la publicación en su muro y teniendo la opción de enviar una invitación a los amigos si así lo considera oportuno.
3.- Requisitos de participación
Participarán en este sorteo los usuarios que, de forma gratuita y voluntaria, reúnan todos los requisitos que a continuación se relacionan:
Un mismo usuario no puede duplicar participaciones. Dicho control se realizará mediante el nombre y DNI, que deberán ser único. En caso de duplicidad, todas las participaciones quedarían descalificadas. A estos efectos se considera una participación duplicada aquella cuyos datos personales sean a juicio de BANKINTER suficientemente similares como para crear confusión.
El BANCO queda facultado para eliminar del concurso a los participantes que no cumplan con los requisitos mencionados en los párrafos anteriores o que intenten participar atentando contra lo recogido en estas bases. Igualmente, se reserva el derecho de eliminar o no permitir la participación a cualquier usuario que se detecte o sospeche que está participando de forma fraudulenta o atente contra la buena fe del concurso. En este sentido y entre otros, podrá eliminar en cualquier momento a participantes que se detecte que participan en varias ocasiones en el concurso, usen bots o sistemas automáticos de votos, participaciones que se realicen desde la misma IP o bloques de IP, mismos dispositivos o navegadores, con el mismo mail o DNI, así como participaciones que Cool Tabs tenga en su base de datos o detecte como usuarios no válidos o no publique automáticamente por detectar que son usuarios que participan de forma recurrente en concursos o sospeche de su autenticidad por cualquier motivo.
4.- Ámbito temporal.
Este concurso/promoción estará vigente desde las 12:00 horas, (hora central europea (CET)) del día 18 de diciembre de 2019 hasta las 23:59:59 horas (CET) del 29 de diciembre de 2019.
5.- Ámbito geográfico.
El ámbito de este concurso es del estado español, es decir, la participación en el mismo está limitada a España. Este punto se comprobará teniendo en cuenta la IP desde la que el usuario participa en el concurso.
6. - Inicio del concurso.
El presente concurso se iniciará mediante la publicación en el muro de Facebook de Bankinter y en el perfil de Twitter de la entidad de una publicación donde se explica la mecánica del mismo.
El nombre del ganador podrá publicarse en Facebook mediante una nota al finalizar el periodo de la campaña, para lo cual el participante expresamente acepta la publicación de su nombre en el muro de la página de Facebook y en el perfil de Twitter del BANCO.
7- Depósito de las bases
Las presentes bases se encuentran disponibles en la página del Blog de Bankinter ( https://blog.bankinter.com/economia/-/noticia/2019/12/16/porra-ibex-2019-concurso-bankinter-viaje-nueva-york )
8. Fiscalidad
El ganador del Premio soportará la tributación que le corresponda, según su impuesto personal sobre la renta por la obtención del Premio, mereciendo en el caso de sujetos pasivos de IRPF la calificación de ganancias de patrimonio con las retenciones o ingresos a cuenta que Bankinter deba practicar sobre el Premio, de acuerdo con la normativa aplicable
A título ilustrativo, se indica que, de acuerdo con la normativa actualmente vigente (que podría haber sido modificada o sustituida al tiempo en que se deba efectuar la retención o ingreso a cuenta), los Premios estarían sujetos a retención o ingreso a cuenta del 19,5% siempre que su base de retención (esto es, su importe si son dinerarios, o el resultado de incrementar su valor de adquisición o coste para el BANCO en un 20%, si son en especie) sea superior a 300 Euros (300,51 Euros en caso de que el ganador sea sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades).
Será de aplicación la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto no 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes.
Corresponderá al BANCO, en su caso, la práctica de la retención conforme a la normativa anteriormente citada.
Todo lo anterior debe entenderse sin perjuicio de la normativa tributaria aplicable en los territorios forales navarros y vascos.
9.- Ganador del premio
Una vez finalizado el plazo promocional y concluido el último día de cotización del Ibex 35 se obtendrá el número total de participantes y se procederá a detectar al participante o participantes que hayan acertado el cierre del Ibex 35. Si no hubiera ninguno que acertase, se buscarán al participante que más se haya acercado al cierre, independientemente de que su voto quedase por encima o por debajo del cierre oficial del Ibex 35.
En caso de que hubiera más de un participante con una estimación equidistante del cierre, se realizaría un sorteo entre esos participantes para determinar al ganador. El sorteo se realizará mediante una herramienta de generación de números aleatorios: No Set Up (http://nosetup.org/php_on_line/numero_aleatorio_2). Dicha herramienta extraerá al azar, del total de acertantes, 1 (un) número aleatorio de los ganadores y otro 1 (UNO) número aleatorio para el suplente, en riguroso orden de lista.
A continuación, la segunda semana de enero de 2020 se publicará el nombre del participante que haya resultado ganador.
En caso de no localizarse al ganador o que por cualquier circunstancia éste no aceptase el premio antes de las 72 horas desde su comunicación, BANKINTER iniciaría de nuevo el proceso. Si hubiera más personas que no hubieran sido elegidas en el sorteo, sortearía de nuevo el viaje entre los no elegidos en el sorteo previo. Si no hubiese más, encontraría los siguientes participantes que más se hubieran acercado al cierre del Ibex 35 y adjudicaría o realizaría un nuevo sorteo en función del número de participantes que se encontraran en esa circunstancia. Todos deberán cumplir con los requisitos de participación y validez descritos anteriormente.
Además, el BANCO se reserva el derecho de no incorporar aquellos nombres utilizados que sean indecorosos, propiedad de terceros, que contenga marcas o elementos protegidos, regalos que no se ajusten a lo recogido en las presentes Bases Legales o en general que contravengan el espíritu del concurso. En este supuesto, el usuario perderá su derecho de participación en el concurso.
10.- Comunicación del ganador
Se comunicará al ganador su circunstancia como tal a través de un mail a la dirección de correo proporcionada por el participante en el formulario del juego y a través de llamada telefónica, para lo cual todos los participantes aceptan expresamente que tanto su dirección de email como su teléfono se utilice para este fin y, si así lo autorizan al participar en la casilla correspondiente, para realizar acciones comerciales por cualquier canal electrónico (mails, alertas, SMS o mensajes de cualquier tipo) o teléfono.
Además, en el muro de la página del BANCO de Facebook, se informará de la realización del sorteo realizado con enlace a una nota en la que constará el nombre del ganador, para lo cual el participante expresamente acepta la publicación de su nombre en el muro de la página de Facebook del BANCO.
Desde que se realice la comunicación al ganador, éste tiene un plazo máximo de 72 horas para la aceptación del premio, que implica:
Pasadas 72 horas desde que se envió el mensaje, el ganador que no contestara confirmando la recepción del email y conformidad con el premio, tal y como se indica en dicho mensaje, se declarará desierto ese premio y este pasará a ser concedido al suplente en las mismas condiciones que al ganador original. Si el suplente no respondiese en las mismas condiciones que las expresadas para el ganador, el premio quedará definitivamente desierto.
Para hacer efectivo el premio, el ganador declarará formalmente ser la persona física titularidad del ID participante en el concurso.
El BANCO queda facultado para eliminar del concurso a los participantes que no cumplan con los requisitos mencionados en los párrafos anteriores o que intenten participar atentando contra lo recogido en estas bases.
11.- Premio.
El premio será un viaje a la ciudad de Nueva York. El importe bruto del premio es de 2.500 €, es decir IVA incluido (DOS MIL QUINIENTOS EUROS). Adicionalmente al premio y de manera independiente, Bankinter se hará cargo del pago del impuesto a Hacienda correspondiente al premio, es decir, el ganador no tendrá que soportar tributación alguna.
El ganador recibirá un cheque nominativo por valor de dos mil quinientos euros que será entregado personalmente en las oficinas de Bankinter (BANCO) una vez se haya comprobado por parte del BANCO la identidad real del participante y no se detecten datos fraudulentos. Para poder recibir el premio, el ganador del concurso deberá aportar justificantes de la reserva/realización de dicho viaje a la ciudad de Nueva York. Si el acertante lo prefiere, Bankinter le puede organizar el viaje, gestionando los billetes y reserva de hotel. El viaje podrá hacerse en todo el periodo de 2020, a elección del ganador. Bankinter no se hace responsable de los imprevistos, retrasos o cualquier circunstancia que acontezca durante el viaje.
El premio objeto del presente concurso en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición del ganador, ni cederse a un tercero.
12.- Límites a la participación.
No podrán participar los empleados de ninguna empresa perteneciente al Grupo Bankinter, así como tampoco agentes, colaboradores, y cuales quiera otra persona que pudiera actuar por cuenta de Bankinter y de las demás empresas del Grupo, ni aquellos de las empresas que colaboran directamente en el presente concurso.
Asimismo, no podrán participar los familiares en primer grado (padres, pareja o hijos) de las personas contenidas en el párrafo anterior.
13.- Disposiciones adicionales y protección de los datos.
Bankinter S.A., como responsable del fichero, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, y así, de acuerdo con la L.O. 15/1999, el Participante queda informado de la incorporación de sus datos a los ficheros del Banco y de su tratamiento para el mantenimiento de la participación en la presente promoción.
Asimismo, queda informado y presta su consentimiento al tratamiento de los datos personales proporcionados, así como también de los datos a que el Banco tenga acceso como consecuencia de su navegación por las páginas web de Internet, de la consulta, solicitud o contratación de cualquier servicio o producto o de cualquier transacción u operación realizada a través de Internet, para las finalidades de envío de comunicaciones comerciales, incluidas las comunicaciones electrónicas a los efectos del artículo 21 de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información, de productos, bienes, o servicios que comercialice las entidades integrantes del Grupo Bankinter, o aquellas entidades terceras con las que cualquier empresa del Grupo Bankinter haya suscrito acuerdos de colaboración, con el objeto de adecuar nuestras ofertas comerciales a su perfil particular. Los destinatarios de dichos datos serán los servicios comerciales y técnicos del mismo. Sólo será necesario suministrar los datos identificativos, los relativos a la solvencia del interesado cuando la operación exija su conocimiento, así como los legalmente exigidos. El resto de los datos voluntarios se recaban exclusivamente con la finalidad establecida en este párrafo.
La política de privacidad de Bankinter S.A. le asegura, en todo caso, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, información de valoraciones y oposición, en los términos establecidos en la legislación vigente, pudiendo dirigirse por escrito escrito a Bankinter.S.A, Paseo Castellana 29, 28046 Madrid, a la atención del departamento de Comunicación online/Redes sociales.
El Participante acepta que puedan ser cedidos sus datos, exclusivamente para las finalidades a las que se refiere el párrafo primero, a otras entidades dedicadas fundamentalmente al ámbito financiero, asegurador, inmobiliario, o telecomunicaciones pertenecientes al Grupo Bankinter y a las sociedades participadas (pudiendo encontrar información detallada y actualizada sobre las entidades que integran dicho Grupo en el siguiente enlace bankinter.com, en la opción "web Corporativa", seleccione la pestaña "Gobierno Corporativo" y a continuación el apartado "Participadas y Filiales"), así como a la Fundación de la Innovación Bankinter. Asimismo, el Participante acepta que el Banco o sus sociedades filiales y participadas le remitan información sobre cualesquiera productos o servicios que comercialicen. La aceptación del Participante para que puedan ser tratados o cedidos sus datos en la forma establecida en este párrafo, tiene siempre carácter revocable, sin efectos retroactivos, conforme a lo que disponen los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre. En cualquier momento se podrá denegar el consentimiento prestado o ejercitar cualquiera de los derechos mencionados a través de los canales detallados en el párrafo anterior.
14.- Uso de Facebook/Twitter como plataforma
Facebook/Twitter no patrocina, avala ni administra de modo alguno esta promoción o concurso, ni está asociados a ella. La información que los participantes proporcionen, lo hacen al BANCO y no a Facebook/Twitter. La información proporcionada sólo se utilizará para los supuestos explicados en estas Bases.
15. - Modificaciones
El BANCO se reserva el derecho a realizar modificaciones sobre la mecánica del concurso y premio, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes y se comuniquen a éstos.
16.- Limitación de responsabilidad
Bankinter se reserva el derecho a interrumpir en cualquier momento el acceso al presente concurso, ya sea con carácter temporal o definitivamente, por motivos de seguridad, de reestructuración o interrupción de los servicios informáticos, o cualquier otra causa justificada que así lo aconseje, sin que de ello pueda derivarse ni responsabilidad alguna para Bankinter ni derecho a indemnización a favor de los participantes.
Bankinter no se hace responsable de daños o perjuicios derivados de la participación en esta promoción, o de la falta de disponibilidad de la promoción debida a problemas de carácter operativo o técnico no imputables a esta entidad. Tampoco será responsable de posibles daños o perjuicios que se pudieran derivar de interferencias, omisiones, interrupciones, virus informáticos, averías o desconexiones, motivadas por causas ajenas al BANCO; de retrasos o bloqueos en el uso del sistema/aplicación y causados por deficiencias o sobrecargas de líneas telefónicas o sobrecargas en el Centro de Proceso de Datos del BANCO, en la Plataforma de Movilidad, la Plataforma de Internet en el ámbito de Personas Físicas o en otros sistemas electrónicos, siempre que se produzcan por causas ajenas a Bankinter, así como de daños que puedan ser causados por terceras personas mediante intromisiones ilegitimas en el sistema elegido, fuera del control del BANCO.
Asimismo, se exonera al BANCO de responsabilidad ante cualquier daño o perjuicio que pudiera sufrir el Cliente como consecuencia de errores, defectos u omisiones en la información facilitada por el BANCO, siempre que proceda de fuentes ajenas al mismo así como de los daños o perjuicios que pudiera sufrir el partícipe ganador como consecuencia de la aceptación y disfrute del premio asignado.
17.- Ley y jurisdicción aplicable
La interpretación y el cumplimiento de las presentes Bases se regirán por la legislación española.
El fuero competente será el de los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero competente, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.
A continuación se exponen las Condiciones Generales del proveedor del servicio (en adelante, el proveedor), propiedad de The Cool Tabs,S.L., con domicilio social en C/ Fernando Poo, 23 Local 2. 28045 Madrid, con Código de Identificación Fiscal número ESB86306719, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid - Tomo 29248, Libro 0, Folio 173, Sección 8, Hoja M-526556, inscripción 1. Dichas condiciones tienen por objeto regular el acceso, registro, navegación, utilización y/o uso de Servicios por parte de cualquier usuario registrado o usuario que acepte, use e instale cualquiera de nuestras aplicaciones las cuales deberá ser leídas atentamente.
El acceso, registro, navegación, utilización y/o uso de los Servicios del proveedor implica por su parte la aceptación expresa y sin reservas de todos los términos de las presentes Condiciones Generales de uso de nuestras aplicaciones (en adelante, las Condiciones Generales) teniendo la misma validez y eficacia que cualquier contrato celebrado por escrito y firmado.
El administrador de la promoción (el administrador de la página de facebook donde ser realiza el concurso o la marca que ejecuta el propio concurso, el administrador en adelante) será el único responsable en el proceso de selección del ganador y suplentes. El proveedor dispone de una serie de herramientas para la selección de ganadores y suplentes basados en procesos manuales y aleatorios que están a disposición del adminstrador. En ningún caso el proveedor será responsable del uso que se haga por parte del administrador de estas herramientas para determinar el ganador y los suplentes en las acciones llevadas a cabo o de los defectos en forma o en el proceso de la selección aleatoria de ganadores y/o suplentes.
El administrador es el único responsabe del tratamiento de todos los datos recogidos en la presente campaña y será él mismo el que establezca en todo momento la finalidad del tratamiento de los datos recogidos en la campaña. El proveedor del concurso, actuando como "Encargado del tratamiento" de los datos, tendrá acceso a los datos para ofrecer un correcto servicio, pero no utiliza ninguno de los datos que el usuario proporciona al hacer uso de la promoción, tanto de los datos proporcionados de manera directa como los cedidos por parte de cualquier login social (o cualquier otra red social) al aceptar instalar la aplicación. Estos datos serán propiedad del administrador de la promoción, actuando como 'Responsable de los ficheros', que será el responsable de la gestión y tratamiento de éstos datos. Todos los datos que el usuario facilite de carácter personal, serán guardados y almacenados por el proveedor durante el tiempo de vigencia del concurso, durante el tiempo establecido en el contrato con el administrador o los marcados estrictamente por la ley aplicable. El proveedor garantiza que cualquier trabajador o sub-encargado del tratamiento que pueda tener acceso a los datos, cumplira con todas garantías la confidencialidad de los mismos, puediendo estar establecidas bajo contrato.
Los usuarios deberán contactar directamente con el administrador de la campaña para poder ejecutar sus derechos de acceso, modificación, exportación, portabilidad y eliminación de sus datos, al ser éste el único responsable del tratamiento de los datos
En todo momento, los datos recogidos por nuestras aplicaciones, vienen especificados a la hora de instalar la aplicación en el cuadro de dialogo de facebook o de cualquier otra red social. Estos datos pueden ser (dependiendo de la aplicación o acción llevada a cabo):
Todos los datos de carácter personal o no, proporcionados haciendo uso de cualquiera de nuestras aplicaciones, son responsabilidad del administrador de la promoción. Éste debe indicar el uso que va a realizar de todos los datos recogidos en las condiciones del servicio o bases legales establecidas y personalizas en cada promoción, las cuales deben ser siempre aceptadas junto con las presentes condiciones del servicio.
El proveedor del servicio no es responsable de ninguno de los premios o condiciones ofertadas para los ganadores de las promociones realizadas con nuestra plataforma.
El proveedor del servicio se reserva el derecho de cancelar, eliminar o anular cualquier promoción previa comunicación electrónica al administrador de la promoción.